martes, 11 de mayo de 2010

LA NUEVA LEY DE CONSCRIPCIÓN MILITAR



La nueva Ley de Conscripción: un instrumento antidemocrático al servicio del corporativismo militarista.

En un nuevo ataque a las libertades democráticas, el 21 de octubre de 2009 fue publicada en la Gaceta Oficial Nro. 5.933 la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, cuyo articulado violenta derechos constitucionales y humanos. Este instrumento legal aprobado por la Asamblea Nacional, significa un retroceso que nos sitúa nuevamente ante un servicio militar de carácter obligatorio, semejante al vigente durante el puntofijismo, cuando se aplicaba el infame reclutamiento forzoso. La ley apunta a profundizar el control social a través del ejército burgués, mostrando a las claras el carácter arbitrario y antidemocrático del Estado burgués venezolano, así como la estrategia gubernamental de liquidar el proceso revolucionario.

El servicio militar, según esta nueva ley, “es aquél que cumple todo venezolano y venezolana en edad militar en la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, sometiéndose a la instrucción militar, de acuerdo con las normas establecidas en las leyes y reglamentos, con la finalidad de garantizar la independencia y soberanía de la Nación, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional”.

Según el artículo 6, los venezolanos y venezolanas en edad militar tienen el deber de prestar el servicio militar en la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, definiéndose la edad militar como la comprendida entre los 18 y 60 años. Aunque se dicta la prohibición del reclutamiento forzoso, esta legislación no escatima recursos a la hora de coaccionar a la población para que realice el servicio militar. En los artículos 78 y 79 se establece que todo venezolano y venezolana está en el deber de portar en todo momento la documentación que acredite el haber cumplido con el servicio militar, y las autoridades militares y civiles podrán exigir en cualquier momento la presentación de la misma. No puede dejar de observarse que, de acuerdo a la Ley, la máxima autoridad en materia de conscripción y alistamiento militar es el Presidente y Comandante en Jefe de la FANB.

En el artículo 82 se estipula que quien no se inscriba en el Registro Militar en la oportunidad legal será sancionado con multa equivalente a doce unidades tributarias (12 U.T.), lo cual equivale actualmente a 780 BsF. También se multa a quien no notifique a las autoridades militares cualquier cambio de residencia, cambio de estado civil, o cualquier modificación de la información contenida en su inscripción en el registro militar.

Pero esto no es todo, la Ley incluye extenso y odioso entramado normativo para reforzar el carácter obligatorio e inapelable del servicio militar. Por medio de los artículos 80 y 81 se hace requisito la acreditación de la inscripción militar o de haber cumplido el servicio militar, para: inscribirse en los institutos de educación diversificada y universitaria, tanto públicos como privados; para obtener licencias o permisos para conducir vehículos; para poder ser admitidos en un cargo o empleo público nacional, estadal o municipal; o para poder obtener becas de estudios con aportes del Estado. También se sanciona con multas severas al patrono y representante de cooperativas que antes de celebrar un contrato de trabajo no exijan la acreditación militar, así como a las autoridades civiles y militares que incumplan con la obligación de cooperar con los funcionarios que ejecutan esta infame Ley.

Estas normas draconianas convierten en un paria a quien no preste el servicio militar o no esté inscrito para prestarlo, a semejanza del esquema normativo utilizado por el Estado fascista de Israel para coaccionar a la población para que preste el servicio militar.

La segunda disposición transitoria de la Ley establece que transcurridos tres meses a partir de su publicación en Gaceta Oficial, debe ser elaborado el Reglamento de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, por parte del Ministerio de Defensa. La aprobación de este Reglamento es lo único que falta para que empiece a aplicarse esta antidemocrática Ley. La población con edad entre 18 y 60 años, tendrá hasta octubre de 2010 para inscribirse en el Registro Militar, luego de lo cual será objeto de diversas sanciones si no cumple con este requisito legal.

En contradicción con la Constitución, en la que el artículo 134 expresa que “Toda persona, de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, desarrollo y preservación del país…”, la Ley de Conscripción elimina la posibilidad de prestar un servicio civil que exima de la incorporación a las Fuerzas Armadas burguesas.

Además, la presente Ley cercena el derecho a la objeción de conciencia, previsto en el artículo 61 de la Constitución.

Esta obligatoriedad de servicio militar viene enlazada a toda una política corporativista, con la articulación de milicias estudiantiles, campesinas y obreras, bajo el mando de la FANB, así como la creación de consejos obreros y estudiantiles para liquidar la autonomía del movimiento popular. Todo esto tras un discurso populista que incluye el culto a la ideología militar, en una concepción que se caracteriza por la verticalidad y la subordinación, así como el culto a la personalidad, todos rasgos bonapartistas contrarios al socialismo revolucionario.

La abundancia de militares en los cargos de conducción política del gobierno y el PSUV, así como el creciente gasto militar convencional, son más síntomas de los crecientes rasgos bonapartistas del gobierno. De acuerdo a cifras difundidas por Provea, “Los gastos del Ejército venezolano duplican los destinados a la participación, triplican los de alimentación y vivienda, son cuatro veces mayores que los destinados a la protección del medio ambiente, nueve veces más grandes que para el sector cultural y doce veces los dirigidos a la promoción del deporte. La brecha mayor la constituye la consignada a las comunidades ancestrales: el monto aprobado para las Fuerzas Armadas supera 58 veces el correspondiente al Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas” (http://rafaeluzcategui.wordpress.com/2009/11/23/mayor-militarismo-no-es-ni-mas-ni-mejor-democracia/).

El viraje a la derecha del gobierno ha enterrado definitivamente la ilusión de que el gobierno impulsa la democracia participativa, la profundización del proceso revolucionario, la conquista del poder popular y el socialismo. En un contexto de normalización de las relaciones del gobierno con la burguesía, estas leyes están al servicio de consolidar una estructura socio-política fundamentada en una relación de subordinación y obediencia al estamento burocrático-militar, para preservar las relaciones sociales de explotación que caracterizan al capitalismo. Por todo esto, la oposición de derecha no ha levantado voz alguna de protesta contra la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.

Enlace a video con imágenes de las milicias del gobierno el 13 de abril de 2010

http://www.youtube.com/watch?v=3pT-u7IhHss&feature=fvsr

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